Por dar mi opinión, sobre una vista
judicial; en la que yo DENUNCIÉ, en la
Consejería de Educación y en el Juzgado de Guardia, una agresión física del director de un centro
de EDUCACIÓN contra un profesor del mismo CENTRO Y LO PUBLIQUÉ EN MI BLOG-SPOT
Y EN MI FACEBOOK. La jueza de la vista, además de absolver al director agresor y PERJURO; expulsó de la sala al DENUNCIANTE INOCENTE;
y al año siguiente al sentirse
maltratada en mi escrito del blog y facebook, me DENUNCIA POR LO PENAL; sus
colegas( jueces y fiscal) la arropan. Aunque BOCHORNOSO, esto es
AUTÉNTICAMENTE REAL, no es una ficción, aunque lo pueda parecer. Es la
“justicia” en este país; ser denunciante de abusos y atropellos
reales, en nuestro país, puede resultar muy caro. Pensemos antes de votar
si es esta la “justicia” que queremos. Siglo XXI, no XIX; y que yo sepa tampoco es la época franquista. El párrafo siguiente es la sentencia:
ÚNICO.- En la causa referenciada se ha dictado sentencia por
la que se condena a LUIS ELIO MENDIZABAL, por un delito de injurias graves con
publicidad de los arts. 208 y 209 del C.P., a la pena de 10 meses y 1 día de
multa a razón de 9 € total 2.709 € y costas procesales. Requiérase al/la
condenado/a LUIS ELIO MENDIZABAL a fin de que en el plazo de tres días abone la
pena de multa impuesta, apercibiéndole que de no satisfacerlo voluntariamente,
o por la vía de apremio, quedará sujeto a una responsabilidad personal
subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no
satisfechas, conforme al artículo 53 del Código Penal.
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